GUARDIAS PROFESIONALES - DECÁLOGO DE BUENAS PRÁCTICAS

Con la finalidad de que su desarrollo transcurra en un marco de respeto por las normas éticas, de conducta y profesionales, se ha establecido un decálogo de buenas prácticas meramente enunciativo y abierto.


GUARDIAS PROFESIONALES - DECÁLOGO DE BUENAS PRÁCTICAS

Las guardias profesionales son un servicio que brinda el Colegio de la Abogacía de Rosario y sus Delegaciones: Casilda, Cañada de Gómez, San Lorenzo y Villa Constitución, a través de profesionales expertos en distintas áreas del ejercicio profesional de manera gratuita y colaborativa con el fin de orientar, evacuar consultas o dudas técnicas a las y los colegas que así lo soliciten.

Con la finalidad de que su desarrollo transcurra en un marco de respeto por las normas éticas, de conducta y profesionales, se ha establecido un decálogo de buenas prácticas meramente enunciativo y abierto.

1.- CONDUCTA: el trato debe ser cordial y respetuoso, como, asimismo, se debe respetar el tiempo razonable de la consulta.

2.- ESTUDIAR el tema antes de hacer una consulta. Las mismas deben ser específicas. Se sugiere BUSCAR e INVESTIGAR previamente en los servicios de nuestro Colegio: en la página web, en su Biblioteca virtual, con doctrina y jurisprudencia, como, así también, en la Información de Institutos y Comisiones, Fueros por áreas, Formularios para trámites y otras herramientas útiles para el ejercicio profesional.

3.- Los consultores de guardia no pueden ser sujetos de responsabilidad por las orientaciones dadas en la misma.

4.- NO ENVIAR a las y los consultores expedientes, escritos, documentación o información para que los mismos corrijan, no es esa su función.

5.- NO SOLICITAR O PLANTEAR estrategias para abordar un caso, no son objeto de la Guardia Profesional.

6.- CONSULTA PROFESIONAL: las consultas deben referirse a casos particulares del profesional que efectúa la misma, no de otro profesional.

7.- NO ENVIAR MODELOS: los consultores no pueden enviar modelos de demandas o escritos.

8.-SERVICIO DE GUARDIA: el servicio es exclusivo para matriculados del Colegio de Abogados de Rosario y sus Delegaciones.

9.- COMPETENCIA DESLEAL y/o DERIVACIONES: los consultantes no deben solicitar ni los consultores pueden realizar derivaciones propias, a colegas y/o asociaciones o profesionales vinculados, salvo a organismos o servicios oficiales en los casos que así lo considere y no afecte la libre competencia profesional.

10.- NORMAS DE ÉTICA: en el ejercicio de la guardia los profesionales intervinientes, consultantes y consultores como acompañantes o pasantes, o cualquier otro profesional que participe de la misma debe respetar las normas éticas de la profesión. 

Colegio de abogados
GUARDIAS PROFESIONALES - DECÁLOGO DE BUENAS PRÁCTICAS

Con la finalidad de que su desarrollo transcurra en un marco de respeto por las normas éticas, de conducta y profesionales, se ha establecido un decálogo de buenas prácticas meramente enunciativo y abierto.

GUARDIAS PROFESIONALES - DECÁLOGO DE BUENAS PRÁCTICAS

Las guardias profesionales son un servicio que brinda el Colegio de la Abogacía de Rosario y sus Delegaciones: Casilda, Cañada de Gómez, San Lorenzo y Villa Constitución, a través de profesionales expertos en distintas áreas del ejercicio profesional de manera gratuita y colaborativa con el fin de orientar, evacuar consultas o dudas técnicas a las y los colegas que así lo soliciten.

Con la finalidad de que su desarrollo transcurra en un marco de respeto por las normas éticas, de conducta y profesionales, se ha establecido un decálogo de buenas prácticas meramente enunciativo y abierto.

1.- CONDUCTA: el trato debe ser cordial y respetuoso, como, asimismo, se debe respetar el tiempo razonable de la consulta.

2.- ESTUDIAR el tema antes de hacer una consulta. Las mismas deben ser específicas. Se sugiere BUSCAR e INVESTIGAR previamente en los servicios de nuestro Colegio: en la página web, en su Biblioteca virtual, con doctrina y jurisprudencia, como, así también, en la Información de Institutos y Comisiones, Fueros por áreas, Formularios para trámites y otras herramientas útiles para el ejercicio profesional.

3.- Los consultores de guardia no pueden ser sujetos de responsabilidad por las orientaciones dadas en la misma.

4.- NO ENVIAR a las y los consultores expedientes, escritos, documentación o información para que los mismos corrijan, no es esa su función.

5.- NO SOLICITAR O PLANTEAR estrategias para abordar un caso, no son objeto de la Guardia Profesional.

6.- CONSULTA PROFESIONAL: las consultas deben referirse a casos particulares del profesional que efectúa la misma, no de otro profesional.

7.- NO ENVIAR MODELOS: los consultores no pueden enviar modelos de demandas o escritos.

8.-SERVICIO DE GUARDIA: el servicio es exclusivo para matriculados del Colegio de Abogados de Rosario y sus Delegaciones.

9.- COMPETENCIA DESLEAL y/o DERIVACIONES: los consultantes no deben solicitar ni los consultores pueden realizar derivaciones propias, a colegas y/o asociaciones o profesionales vinculados, salvo a organismos o servicios oficiales en los casos que así lo considere y no afecte la libre competencia profesional.

10.- NORMAS DE ÉTICA: en el ejercicio de la guardia los profesionales intervinientes, consultantes y consultores como acompañantes o pasantes, o cualquier otro profesional que participe de la misma debe respetar las normas éticas de la profesión. 

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