PROVINCIAL DEL REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD
DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
DISPONEN:
1. A partir del 06/01/2024, toda solicitud de certificados e informes respecto de los actos a que se refiere la ley 6435, deberá efectuarse mediante el formulario C – Dominio y Gravámenes – y formulario I - Dominio y Gravámenes, que se aprueba por la presente y que se adjunta como Anexo I. Dichos formularios estarán disponibles en el Portal de Santa Fe.
2. A partir del 06/01/2024, el formulario Parte 3 - Inhibiciones para certificados e informes, pasará a llamarse – Inhibiciones.
En la parte derecha de la pantalla pueden descargar los archivos adjuntos.