Destrucción de documental: Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Nº 18 de Rosario

Procédase a la destrucción de toda documentación y cualquier otro sobre presentado para su reserva dentro de expedientes en los que no se registró movimiento con posterioridad al 31 de julio de 2015


Destrucción de documental

Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Nº 18 de Rosario

RESUELVO:
1) Procédase a la destrucción de toda documentación y cualquier otro sobre presentado para su reserva dentro de expedientes en los que no se registró movimiento con posterioridad al 31 de julio de 2015

2) Autorícese al Archivo a la destrucción de la documental referida

3) Hágase saber que los interesados que puedan acreditar interés legítimo en alguna de esas documentales, podrán presentarse hasta el día 31 de mayo de 2026 inclusive, ante ese Juzgado, de lunes a viernes de 8 a 12 hs para efectuar el requerimiento que estimen pertinente. No se admitirá reclamo alguno con posterioridad a tal fecha.

 

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Destrucción de documental: Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Nº 18 de Rosario

Procédase a la destrucción de toda documentación y cualquier otro sobre presentado para su reserva dentro de expedientes en los que no se registró movimiento con posterioridad al 31 de julio de 2015

Destrucción de documental

Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Nº 18 de Rosario

RESUELVO:
1) Procédase a la destrucción de toda documentación y cualquier otro sobre presentado para su reserva dentro de expedientes en los que no se registró movimiento con posterioridad al 31 de julio de 2015

2) Autorícese al Archivo a la destrucción de la documental referida

3) Hágase saber que los interesados que puedan acreditar interés legítimo en alguna de esas documentales, podrán presentarse hasta el día 31 de mayo de 2026 inclusive, ante ese Juzgado, de lunes a viernes de 8 a 12 hs para efectuar el requerimiento que estimen pertinente. No se admitirá reclamo alguno con posterioridad a tal fecha.

 

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