La Comisión de Justicia Penal, Seguridad y Servicio Penitenciario pone a disposición de la abogacía del fuero penal la Orden Interna N.° 20 de la Dirección General del Servicio Penitenciario, de fecha 17 de abril de 2026, mediante la cual se dispone que los abogados particulares que asistan a entrevistar a sus defendidos en unidades penitenciarias deberán acreditar su designación como defensor técnico, debiendo además quedar dicha designación consignada en los registros pertinentes del interno y en el sistema que determine la autoridad competente. Asimismo, se establece que esa información deberá acompañar al detenido en caso de traslado a otra unidad.
La referida disposición viene a receptar y dar respuesta a diversos reclamos impulsados por la abogacía organizada, en tanto la falta de información oportuna sobre los traslados de personas privadas de la libertad generaba serias dificultades para la comunicación entre defensor y asistido, afectando en los hechos el ejercicio de una defensa técnica eficaz y efectiva .
En ese sentido, la creación y registración formal de la designación del defensor constituye una herramienta de resguardo institucional de singular importancia. Representa una garantía para el ejercicio profesional, al permitir una adecuada identificación del letrado interviniente, pero sobre todo fortalece los derechos de la persona sometida a proceso penal, asegurando mejores condiciones para el efectivo ejercicio del derecho de defensa.
Desde esta Comisión se valora la adopción de medidas que contribuyan a ordenar los canales de actuación, mejorar la articulación institucional y dar respuesta a problemáticas concretas advertidas en la práctica profesional cotidiana, en resguardo de las garantías constitucionales que informan el proceso penal.
