COMUNICADO DEL COLEGIO DE ABOGADOS
Respecto al dictado de la Resolución 39/2025 del API, mediante la cual se establecen requisitos y procedimientos para el otorgamiento de la exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por el ejercicio de profesiones liberales, el Colegio de Abogados pone de manifiesto que dicha normativa representa un excesivo rigor formal que puede ser suplido por un mecanismo automático de emisión de constancias de exención, ya que es competencia de los Colegios practicar los controles de la titulación y ejercicio profesional a los que refiere la RG 39/25.
Ante esta situación, desde el Colegio hemos enviado nota a las autoridades del organismo, para que se adecúe la reglamentación a las exigencias legales, y coordinar acciones que no menoscaben los beneficios fiscales que la ley concede a las profesiones liberales y posibiliten la registración y emisión de constancias que acrediten la exención, sin limitación temporal, y sin lesionar la administración tributaria provincial.
El Colegio solicitó una audiencia con el objetivo de exponer personalmente sus consideraciones y propuestas sobre la materia.