SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 4 de agosto de 2011
LA DIRECTORA DEL REGISTRO GENERAL SANTA FE
D I S P O N E:
1º.- Implementar a partir del 11 de agosto del 2011 el sistema de Folio Real Electrónico (FRE), el cual se aplicará en forma progresiva para la matriculación de los inmuebles ubicados en los departamentos comprendidos dentro de la competencia territorial de este Registro General – Santa Fe.
2º.- La Jefatura del Departamento Registraciones, será directamente responsable ante esta Dirección General (conf. art. 80 ley 6.435) de la aplicación de las decisiones que fueran necesarias para asegurar el éxito de este proceso, debiendo informar periódicamente a esta Dirección General sobre la marcha del mismo, quedando habilitada para convocar reuniones urgentes con las Jefaturas en los demás Departamentos que componen la Estructura Orgánica Funcional aprobada por Decreto 2773/07 y con la responsable de Sectorial de Informática de la Provincia afectada a este Registro General en procura de obtener el mayor rendimiento posible dentro de los plazos que se hayan fijado de común acuerdo con las mismas.
3º.- Notifíquese en diligencia con entrega de copia, a los Jefes y Subjefes de Departamento de este Registro General.
4º.- Regístrese, elévese copia al señor Secretario de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, Dr. Roberto J. Vicente, a los Colegios Profesionales, a la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, e insértese en el Protocolo de Disposiciones Registrales.
Firmado: Dra. Nora B. Mauro. Directora General
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