Becas
REGIMEN DE BECAS DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE ROSARIO
Primero
El Colegio de Abogados instrumenta el Programa de Becas para los abogados con matrícula vigente.- El objetivo del Programa es estimular el estudio del derecho y procurar la actualización del abogado.-
Segundo
El Programa de Becas comprende los siguientes objetivos: a) Beca de Iniciación Profesional y b) Beca de especialización. (1)-
Se entienden por "becas de iniciación" profesional aquéllas destinadas para asistir a congresos o cursos de actualización y similares.-
Se entienden por "becas de especialización" aquéllas destinadas para doctorado, pos-grado, maestrías y similares.-
Tercero
Se reconoce como beca la subvención económica total o parcial, no reintegrable, dirigida a los abogados que acrediten los requisitos establecidos en la presente, para la duración completa del curso y con carga académico a decisión del directorio.
Cuarto
El Comité de Becas estará presidido por el director tesorero y cuatro miembros (directores o no) que el directorio designará en cada oportunidad.
Quinto
Son funciones del Comité de Becas: a) Aplicar e interpretar este reglamento; b) Llevar el Registro y Archivo de los antecedentes documentales, asignaciones, comprobantes, etc.; c) Publicar en los distintos medios de información del Colegio (página Web; transparentes en la sede del Colegio y Tribunal) y con la debida anticipación la oferta de Becas resueltas por el directorio para asistir o cursar en facultades públicas, privadas, nacionales o extranjeras y centros de investigación de derecho; d) Publicar en los mismos medios, el plazo de inscripción, fecha de inicio y terminación; día y hora de atención al abogado solicitante para brindarle mayor información; e) Recibir la solicitudes, analizar el cumplimiento de los requisitos del solicitante y elevar un informe sugerido al directorio para su resolución; f) Publicar, en los mismos medios antes indicados, la nómina definitiva de los becarios; g) De todo lo actuado por el Comité de Becas se labrará acta que se asentará en el libro llevado al efecto.-
Sexto
Las becas se otorgarán en base a los antecedentes profesional-académicos y la necesidad económica definida del solicitante.-
Séptimo
Solicitud de becas: Cualquiera sea el tipo de beca a solicitar el abogado deberá completar el formulario al efecto y presentarlo al Comité de Becas dentro del plazo de inscripción y acompañar la siguiente documentación según corresponda:
1.-) Para becas de iniciación profesional: a) el programa, reglamento y demás información de la actividad académica; b) Actividad a desarrollar en el evento científico para el cual se solicita la beca sea en calidad de asistente, ponente, disertante, contradictor, relator, miembro de Comisión; c) Declaración jurada de ingresos; d) Una carta recomendación de un abogado de la matrícula; d) Encontrarse al día en el pago de las cuotas sociales al Colegio de Abogados; e) Si presenta ponencia que esté avalada por el Instituto correspondiente.-
2.-) Para becas de especialización: a) el programa, reglamento y demás información respecto de la actividad académica; b) Antecedentes curriculares; c) Acreditar la asistencia a cursos, jornadas, conferencias, encuentros académicos, congresos, publicaciones realizadas; ponencias presentadas; c) Actividad docente, investigativa, formativa o académica en Derecho; d) Asistencia regular a Institutos de este Colegio; e) Declaración jurada de ingresos; f) Declaración jurada de no gozar de ninguna otra beca otorgada por otras entidades públicas o privadas para el mismo evento académico; g) Fotocopia de la declaración jurada del impuesto a las ganancias o monotributo profesional correspondiente a los dos últimos años; h) Una carta recomendación de un abogado de la matrícula; i) Encontrarse al día en el pago de las cuotas sociales al Colegio de Abogados.-
No podrán solicitar becas los directores en ejercicio, los ascendientes y descendientes de éstos, los miembros del Comité de Becas, ni los ascendientes y descendientes de éstos.
Octavo
El Comité de Becas evaluará la solicitud del interesado y elevará su informe sugerido al Directorio.- Para el otorgamiento de las mismas se priorizará el cotejo de antecedentes y en caso de varios postulantes en igualdad de condiciones a elección de éstos se podrá prorratear la asignación o someterlo por sorteo en la sede del colegio y ante presencia de los solicitantes.-El Directorio deberá resolver en definitiva dentro de los diez días posteriores al cierre de inscripción y siempre antes del inicio de la actividad académica por el cual se solicitó la beca.-
Noveno
El otorgamiento de la beca se comunicará en forma fehaciente al beneficiario quien deberá aceptarla dentro de los cinco días corridos caso contrario se entenderá que ha desistido de la misma.- En este caso la beca le será otorgada al próximo inmediato solicitante.-
Décimo
Son causales de quita de la beca: a) Cuando se compruebe que la información suministrada por el solicitante fuere inexacta, total o parcialmente; b) Cuando se acredite que el beneficiario no cumple con la asistencia mínima exigida para la actividad académica respectiva; c) Cuando el abogado no alcance el mérito académico exigido y fijado por el Comité de Becas.
Decimoprimero
El abogado no podrá acumular dos becas simultáneas otorgadas por el Colegio de Abogados.- Otorgada que fuere una beca podrá solicitar otra una vez transcurrido un año calendario de gozada la anterior.-
Decimosegundo
De forma.-
Aprobado en reunión de directorio del 15.12.2004, Acta Nº1.889.-
(1) Modificado en reunión de directorio del 14.06.2006, Acta Nº 1.954.-