Rosario, 3 de noviembre de 2011
EL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO GENERAL ROSARIO
DISPONE:
1.- Suspender los plazos registrales establecidos en la ley 6435 desde la cero (0) hora del día 3 de noviembre de 2011 hasta las 24 hs. del mismo día.
2.- Ello alcanzará a aquellos certificados cuyo plazo de validez estuviere comprendido en ese lapso y a las inscripciones, anotaciones y otros documentos cuyo plazo de vencimiento, caducidad o presentación se cumpliera en el mismo lapso de la suspensión.
3.- Regístrese, notifíquese con copia, comuníquese a los colegios Profesionales vinculados con la actividad registral, hágase conocer al público en general, y archívese.